La Ley de Estabilización y Reestructuración Empresarial abre nuevas vías de saneamiento extrajudicial para empresas en crisis.
Tabla de contenidos
- Un cambio de paradigma en el derecho alemán de reestructuración
- Objetivo y filosofía del StaRUG
- Ámbito de aplicación
- ¿Quién puede utilizar el StaRUG?
- Los instrumentos clave del StaRUG
- 1. Plan de reestructuración (§§ 5-28 StaRUG)
- 2. Votación del plan
- 3. Orden de estabilización (§§ 49-59 StaRUG)
- 4. Comisario de reestructuración (§§ 73-83 StaRUG)
- La detección temprana de crisis como nueva obligación
- § 1 StaRUG: deberes de la dirección
- Comparación con la insolvencia
- Ventajas del StaRUG frente a la insolvencia
- Conclusión
Un cambio de paradigma en el derecho alemán de reestructuración
El 1 de enero de 2021 entró en vigor la Ley sobre el Marco de Estabilización y Reestructuración de Empresas (StaRUG). Transpone la Directiva europea de reestructuración al derecho alemán y crea, por primera vez, un marco legal integral para la reestructuración preventiva.
Objetivo y filosofía del StaRUG
El StaRUG permite a las empresas que se encuentran en dificultades financieras, pero que aún no son insolventes, reestructurarse sin un procedimiento formal de insolvencia. La ventaja: la reestructuración se lleva a cabo bajo la dirección de la propia empresa, no bajo la supervisión de un administrador concursal.
Ámbito de aplicación
¿Quién puede utilizar el StaRUG?
El StaRUG está disponible, en principio, para todas las empresas que:
- Se encuentren en situación de insolvencia inminente (§ 18 InsO), es decir, que previsiblemente serán insolventes en un plazo de 24 meses
- Aún no sean insolventes en el sentido del § 17 InsO
- Aún no estén sobreendeudadas en el sentido del § 19 InsO
Importante: si ya se ha producido la insolvencia o el sobreendeudamiento, el StaRUG ya no es aplicable. En estos casos, existe la obligación de solicitar la apertura del procedimiento concursal.
Los instrumentos clave del StaRUG
1. Plan de reestructuración (§§ 5-28 StaRUG)
La pieza central del StaRUG es el plan de reestructuración. Permite la reestructuración selectiva de pasivos contra la voluntad de acreedores individuales, siempre que se alcancen las mayorías requeridas.
El plan de reestructuración puede contemplar las siguientes medidas:
- Aplazamiento, reducción o condonación total de créditos
- Conversión de deuda en capital (debt-to-equity swap)
- Modificación de las condiciones de los contratos de financiación
- Intervención en derechos de garantía
2. Votación del plan
Los acreedores se dividen en grupos y votan sobre el plan por grupos. Dentro de cada grupo se requiere una mayoría del 75 por ciento de los derechos de voto. Es posible un cross-class cram-down cuando falta el consentimiento de un grupo.
3. Orden de estabilización (§§ 49-59 StaRUG)
El tribunal de reestructuración puede, a solicitud del deudor, dictar una orden de estabilización. Esta puede incluir:
- Moratoria de ejecución: los acreedores quedan temporalmente impedidos de ejecutar sus créditos
- Moratoria de realización: los bienes dados en garantía no pueden ser realizados
La orden tiene una duración máxima de tres meses y puede prorrogarse hasta un máximo de cuatro meses.
4. Comisario de reestructuración (§§ 73-83 StaRUG)
El tribunal puede nombrar un comisario de reestructuración que salvaguarde los intereses de los acreedores y supervise el proceso. En determinados casos, el nombramiento es obligatorio, por ejemplo en caso de orden de estabilización o de cross-class cram-down.
La detección temprana de crisis como nueva obligación
§ 1 StaRUG: deberes de la dirección
El StaRUG también tiene relevancia fuera de los casos concretos de reestructuración. Conforme al § 1 StaRUG, los miembros de la dirección están obligados a vigilar continuamente las evoluciones que puedan poner en peligro la continuidad de la empresa. Cuando se identifiquen tales evoluciones, deben adoptarse las contramedidas adecuadas.
Esta obligación de detección temprana de crisis se aplica a todas las sociedades de responsabilidad limitada, independientemente de su tamaño. El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a la responsabilidad personal de los directivos.
Comparación con la insolvencia
El StaRUG complementa el derecho concursal, pero no lo sustituye:
- StaRUG: para empresas con insolvencia inminente. Reestructuración bajo gestión propia. Sin procedimiento público.
- Insolvencia con gestión propia (§§ 270 ff. InsO): para empresas insolventes. Reestructuración bajo supervisión de un interventor. Procedimiento público.
- Insolvencia ordinaria: para empresas insolventes. El administrador concursal asume la gestión.
Ventajas del StaRUG frente a la insolvencia
- Sin publicidad: el procedimiento no es público, lo que protege la actividad empresarial y las relaciones con los clientes
- Gestión propia: el equipo directivo mantiene el control
- Participación selectiva de acreedores: solo se involucra a los acreedores afectados por el plan
- Sin estigma: evitar el término "insolvencia" puede ser determinante para el mantenimiento de las relaciones comerciales
Conclusión
El StaRUG es un instrumento poderoso para empresas en crisis. Permite una reestructuración temprana y discreta antes de que se produzca la insolvencia. No obstante, el requisito previo es que la crisis se detecte a tiempo y que la empresa sea susceptible de ser reestructurada. El asesoramiento temprano por parte de asesores con experiencia en reestructuración es la clave del éxito.