El impuesto de sucesiones y donaciones puede generar cargas considerables en patrimonios de mayor envergadura. Mediante una planificación previsora y el aprovechamiento de las posibilidades legales de planificación, es posible reducir la carga fiscal.
Tabla de contenidos
- Fundamentos del impuesto de sucesiones y donaciones
- Exenciones personales
- Tipos impositivos
- Posibilidades de planificación
- 1. Uso múltiple de las exenciones mediante donaciones en vida
- 2. Participación de varias personas
- 3. Donaciones en cadena
- 4. Exención de la vivienda familiar
- 5. Beneficios para el patrimonio empresarial
- 6. Cambio de régimen económico matrimonial (Güterstandsschaukel)
- 7. Reserva de usufructo
- 8. Soluciones fundacionales
- Valoración del patrimonio
- Obligaciones de notificación y declaración
- Resumen
Fundamentos del impuesto de sucesiones y donaciones
El Erbschaftsteuer- und Schenkungsteuergesetz (ErbStG) grava tanto las adquisiciones mortis causa (herencia, legado, legítima) como las donaciones inter vivos. Ambos tipos de transmisión están sujetos a las mismas exenciones y tipos impositivos.
Exenciones personales
Las exenciones personales dependen del grado de parentesco entre el causante/donante y el beneficiario:
| Beneficiario | Exención | Clase fiscal |
|---|---|---|
| Cónyuge/pareja registrada | 500.000 euros | I |
| Hijos e hijastros | 400.000 euros | I |
| Nietos | 200.000 euros | I |
| Padres y abuelos (en caso de herencia) | 100.000 euros | I |
| Hermanos, sobrinos | 20.000 euros | II |
| Personas sin parentesco | 20.000 euros | III |
Además, el cónyuge supérstite tiene derecho a una exención especial de previsión de 256.000 euros. Para los hijos existen exenciones de previsión en función de la edad (hasta 52.000 euros).
Tipos impositivos
Los tipos impositivos se escalonan según la clase fiscal y el valor de la adquisición gravable:
- Clase fiscal I: 7 por ciento (hasta 75.000 euros) hasta 30 por ciento (más de 26.000.000 euros)
- Clase fiscal II: 15 por ciento hasta 43 por ciento
- Clase fiscal III: 30 por ciento hasta 50 por ciento
Posibilidades de planificación
1. Uso múltiple de las exenciones mediante donaciones en vida
Las exenciones personales se renuevan cada diez años (§ 14 ErbStG). Mediante donaciones reiteradas, el patrimonio puede transmitirse libre de impuestos a lo largo de períodos más largos.
Ejemplo: Un padre puede donar a su hijo 400.000 euros libres de impuestos cada diez años. En 30 años pueden transmitirse así 1.200.000 euros sin que se devengue impuesto de donaciones. Las exenciones en caso de herencia no se ven afectadas, siempre que transcurran más de diez años entre la última donación y el fallecimiento.
2. Participación de varias personas
Incluyendo a ambos progenitores y a los abuelos, las exenciones pueden multiplicarse. De ambos padres conjuntamente, un hijo puede recibir 800.000 euros libres de impuestos.
3. Donaciones en cadena
En las donaciones en cadena, el patrimonio se transmite a través de varias personas para aprovechar exenciones adicionales. El requisito es que cada adquirente intermedio pueda disponer efectivamente del patrimonio con libertad. Una mera transmisión transitoria puede ser calificada como abuso de derecho por la Administración tributaria.
4. Exención de la vivienda familiar
La adquisición de la vivienda familiar de uso propio por el cónyuge está totalmente exenta (§ 13 Abs. 1 Nr. 4a ErbStG en caso de herencia, § 13 Abs. 1 Nr. 4a ErbStG en caso de donación). En la herencia por hijos, la exención se limita a una superficie habitable de 200 metros cuadrados, y el hijo debe ocupar el inmueble durante al menos diez años.
5. Beneficios para el patrimonio empresarial
El patrimonio empresarial puede, bajo determinadas condiciones, quedar exento en un 85 por ciento (régimen estándar) o en un 100 por ciento (régimen opcional) del impuesto de sucesiones y donaciones. Los requisitos están regulados en los §§ 13a, 13b ErbStG e incluyen, en particular, períodos de retención y requisitos sobre la masa salarial.
6. Cambio de régimen económico matrimonial (Güterstandsschaukel)
El cambio del régimen legal de sociedad de gananciales a separación de bienes y viceversa puede ofrecer ventajas fiscales. La compensación de ganancias al finalizar la sociedad de gananciales está exenta del impuesto de sucesiones y donaciones (§ 5 ErbStG). Mediante un cambio de régimen económico matrimonial, los activos pueden transferirse entre cónyuges libres de impuestos.
7. Reserva de usufructo
En una donación con reserva de usufructo, el donante transmite la propiedad pero se reserva el derecho a los rendimientos (p. ej., ingresos por alquiler). El usufructo reduce el valor fiscal de la donación y, con ello, la carga tributaria. Al mismo tiempo, garantiza la seguridad económica del donante.
8. Soluciones fundacionales
La constitución de una fundación de utilidad pública permite la transmisión de patrimonio libre de impuestos (§ 13 Abs. 1 Nr. 16b ErbStG). Además, puede aprovecharse la deducción por gastos especiales para dotaciones.
Valoración del patrimonio
La valoración fiscal se rige por el Bewertungsgesetz (BewG):
- Bienes inmuebles: Valoración mediante el método comparativo, el método de capitalización de rentas o el método del valor sustancial
- Patrimonio empresarial: Valoración mediante el método simplificado de capitalización de rentas o métodos de valoración individuales
- Valores mobiliarios: Cotización bursátil o valor de la participación
La valoración puede tener un impacto considerable en la carga fiscal. Una valoración adecuada -- especialmente de bienes inmuebles y empresas -- reviste, por tanto, gran importancia.
Obligaciones de notificación y declaración
Las adquisiciones mortis causa y las donaciones deben comunicarse a la Administración tributaria en el plazo de tres meses (§ 30 ErbStG). La Administración tributaria requerirá entonces, en su caso, la presentación de una declaración del impuesto de sucesiones o donaciones.
Resumen
El aprovechamiento de las posibilidades legales de planificación requiere una planificación a largo plazo y la coordinación de los aspectos fiscales, sucesorios y societarios. Se recomienda el asesoramiento temprano por parte de un asesor fiscal y un abogado.