La creación de una fundación permite dedicar patrimonio de forma permanente a un fin determinado. Este artículo ofrece una visión general de las distintas formas de fundación, el proceso de constitución y el marco fiscal.
Tabla de contenidos
- ¿Qué es una fundación?
- Tipos de fundaciones
- Fundación de derecho civil con personalidad jurídica
- Fundación fiduciaria (fundación sin personalidad jurídica)
- Fundación familiar
- Fundación de utilidad pública
- El proceso de constitución
- 1. Acto fundacional (estatutos)
- 2. Constitución en vida o por causa de muerte
- 3. Reconocimiento
- Marco fiscal
- Fundaciones de utilidad pública
- Fundaciones familiares
- Fundación de consumo
- Administración corriente y supervisión de fundaciones
- Fundación y sucesión empresarial
- Costes de la constitución de una fundación
¿Qué es una fundación?
Una fundación es una persona jurídica que destina patrimonio de forma permanente a un fin determinado por el fundador. A diferencia de las asociaciones o sociedades, la fundación no tiene miembros ni socios. Es esencialmente un patrimonio autónomo afectado a un fin específico y gestionado por un consejo de administración.
Desde el 1 de julio de 2023, el derecho de fundaciones ha sido reformado integralmente en los §§ 80 ff. BGB. La reforma sustituyó las dispersas leyes de fundaciones de los distintos Länder por una legislación federal uniforme.
Tipos de fundaciones
Fundación de derecho civil con personalidad jurídica
La forma clásica de fundación adquiere personalidad jurídica mediante el reconocimiento de la autoridad competente del Land (autoridad de supervisión de fundaciones). Requiere:
- Un acto fundacional (estatutos)
- Un patrimonio suficiente para el cumplimiento duradero del fin (en la práctica, generalmente al menos de 50.000 a 100.000 euros, según el Land y el fin de la fundación)
- Un fin fundacional lícito
Fundación fiduciaria (fundación sin personalidad jurídica)
En el caso de la fundación fiduciaria, el fundador transfiere el patrimonio a un fiduciario (frecuentemente otra fundación o persona jurídica), que lo administra conforme a las instrucciones del fundador. No requiere reconocimiento oficial y puede constituirse con un patrimonio menor.
Fundación familiar
Una fundación familiar sirve al bienestar de una o varias familias. Puede constituirse tanto como fundación con personalidad jurídica como fundación fiduciaria. Las fundaciones familiares están sujetas a normativa fiscal especial, en particular al impuesto sucesorio sustitutivo.
Fundación de utilidad pública
Las fundaciones que persiguen exclusiva y directamente fines fiscalmente privilegiados (de utilidad pública, benéficos o eclesiásticos) gozan de ventajas fiscales.
El proceso de constitución
1. Acto fundacional (estatutos)
El acto fundacional contiene los estatutos con los siguientes contenidos obligatorios:
- Nombre de la fundación
- Domicilio de la fundación
- Fin de la fundación
- Dotación patrimonial
- Órganos y su composición
- Normas sobre el uso del patrimonio y los rendimientos de la fundación
2. Constitución en vida o por causa de muerte
Una fundación puede constituirse en vida del fundador (acto fundacional inter vivos) o por disposición testamentaria (testamento o pacto sucesorio).
En caso de constitución en vida, el fundador transfiere el patrimonio a la fundación. La fundación nace con el reconocimiento por parte de la autoridad de supervisión de fundaciones.
En caso de constitución por causa de muerte, la fundación nace tras el fallecimiento del fundador. El tribunal sucesorio comunica la disposición al tribunal o autoridad competente.
3. Reconocimiento
La fundación con personalidad jurídica requiere el reconocimiento de la autoridad competente del Land. Esta examina en particular:
- La licitud del fin fundacional
- La sostenibilidad del cumplimiento del fin con el patrimonio disponible
- La regularidad de los estatutos
Marco fiscal
Fundaciones de utilidad pública
Las fundaciones de utilidad pública están exentas del impuesto de sociedades y del impuesto sobre actividades económicas en la medida en que persigan sus fines estatutarios. Las donaciones a fundaciones de utilidad pública son fiscalmente deducibles para el fundador o donante:
- Deducción de donaciones: Las aportaciones a fundaciones de utilidad pública son deducibles como gastos especiales (hasta el 20 por ciento del total de los ingresos).
- Deducción especial en la constitución: Al constituir una fundación de utilidad pública y al realizar dotaciones adicionales, pueden deducirse adicionalmente hasta 1.000.000 de euros como gastos especiales en un plazo de diez años (§ 10b Abs. 1a EStG).
- Impuesto sobre sucesiones y donaciones: Las aportaciones a fundaciones de utilidad pública están exentas del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Fundaciones familiares
Las fundaciones familiares no gozan de los beneficios fiscales de la utilidad pública. Están sujetas a:
- Impuesto de sociedades sobre sus rentas
- Impuesto sucesorio sustitutivo: Cada 30 años se aplica un impuesto sucesorio sustitutivo que simula la transmisión del patrimonio a la siguiente generación (§ 1 Abs. 1 Nr. 4 ErbStG). El tipo impositivo se determina según la clase impositiva I.
Fundación de consumo
El derecho de fundaciones reformado permite expresamente la constitución de fundaciones de consumo que pueden agotar su patrimonio dentro de un plazo determinado (al menos diez años) para el cumplimiento del fin fundacional.
Administración corriente y supervisión de fundaciones
Las fundaciones con personalidad jurídica están sujetas a la supervisión de fundaciones. Esta controla la correcta administración del patrimonio de la fundación y el cumplimiento del fin fundacional. Las fundaciones deben rendir cuentas periódicamente y presentar cuentas anuales o informes de actividad.
Fundación y sucesión empresarial
La transmisión de una empresa a una fundación puede ser un instrumento de planificación sucesoria:
- Asegurar la continuidad de la empresa a lo largo de generaciones
- Evitar la fragmentación por reparto hereditario
- Ventajas fiscales en caso de configuración de utilidad pública
- Combinación de intereses familiares y de interés general mediante modelos de doble fundación
Costes de la constitución de una fundación
Los costes varían según la complejidad. Para la escritura notarial del acto fundacional y el procedimiento de reconocimiento, los fundadores deben contar con costes en el rango de cuatro cifras. El reconocimiento oficial en sí es gratuito en la mayoría de los Länder.